PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE 'REFERENDUM 2005'

 
> ¿Qué tipo de Referéndum es el que se va a celebrar el día 20 de febrero de 2004?
> ¿Cuántos Referéndums se han celebrado hasta el momento en España?
> ¿Quién ha decidido que se celebre el Referéndum?
> ¿Por qué ha decidido el Gobierno proponer la celebración del Referéndum 2005?
> ¿Exige la Unión Europea que se celebre en España el Referéndum sobre el Tratado Constitucional Europeo?
> ¿Cuál es el texto de la consulta que el Gobierno hará a los electores en el Referéndum?
> ¿Es éste el primer Referéndum que se celebra en España sobre cuestiones relativas a la Unión Europea?
> ¿Cuántos Referéndums sobre asuntos europeos se han convocado a escala nacional en otros países de Europa?
> ¿Van a convocarse Referéndums sobre el Tratado Constitucional Europeo en otros países miembros de la Unión Europea?
> ¿Es España el Estado de la UE que, previsiblemente, va a celebrar el Referéndum sobre el Tratado Constitucional Europeo en primer lugar?
> ¿Es obligatorio votar en el Referéndum?
> ¿Se puede votar en blanco en un Referéndum?
> ¿Van a hacer campaña electoral los Partidos Políticos?
> ¿Qué tipos de campañas institucionales puede hacer el Gobierno?
> ¿Exige la normativa electoral española que haya un porcentaje mínimo de participación para que el Referéndum tenga validez?
> ¿Será vinculante el resultado del Referéndum?
¿ Qué tipo de Referéndum es el que se va a celebrar el día 20 de febrero de 2004?

Se trata de un Referéndum consultivo.

Entre las instituciones de democracia directa previstas en nuestro ordenamiento, como vías que habilitan el ejercicio del derecho fundamental a la participación política de los ciudadanos, en su vertiente no representativa, derecho reconocido en el artículo 23.1 de la Constitución Española, la institución del referéndum consultivo regulado en el artículo 92 de la Constitución Española de 1978 y en la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum, se revela como una de sus manifestaciones capitales.

NORMATIVA:

Artículo 92 de la Constitución Española de 1978.

Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum.

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¿ Cuántos Referéndums se han celebrado hasta el momento en España?

Desde la llegada de SM. el Rey Juan Carlos I al trono de España, se han celebrado en nuestro país tres referéndums consultivos: el Referéndum para la Reforma Política, de 15 de diciembre de 1976; el Referéndum sobre el Proyecto de Constitución Española, celebrado el día 6 de diciembre de 1978; y el Referéndum relativo a la permanencia en la Alianza Atlántica, de 12 de marzo de 1986.

Por lo que se refiere a los Referéndums sobre Estatutos de Autonomía celebrados en el ámbito de las Comunidades Autónomas, cabe citar los siguientes:

  • El 25 de octubre de 1979 se celebraron los referéndums de ratificación de Estatutos de Autonomía para el País Vasco y Cataluña.

En Cataluña el Estatuto se aprobó con un 88,14 por ciento de votos a favor y con una participación del 59,70 por ciento. En el País Vasco la participación alcanzó el 59,77 por ciento del censo y el Estatuto es aprobado por un 90,29 de votos afirmativos.

  • El referéndum de autonomía tuvo lugar en Andalucía el día 28 de febrero de 1980. Este referéndum de iniciativa autonómica no prosperó al no alcanzarse la mayoría absoluta de votos afirmativos sobre el censo en todas las provincias. Se tuvo que convocar por segunda vez. El 20 de octubre de 1981 se aprobó en referéndum el Estatuto de Autonomía para Andalucía con un 89,38 por ciento de votos a favor. La participación alcanzó el 53,49 por ciento del electorado.
  • El Estatuto de Autonomía para Galicia se aprobó en referéndum el 21 de diciembre de 1980, con un 73,35 por ciento de votos a favor y con una participación del 28,26 por ciento del electorado.
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¿ Quién ha decidido que se celebre el Referéndum ?

Según la Constitución Española las decisiones políticas de especial trascendencia pueden ser sometidas a referéndum de todos los ciudadanos. Todo referéndum consultivo será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados.

Este Referéndum se convocará por Real Decreto una vez obtenida la autorización por mayoría absoluta del Congreso de los Diputados a la que se refieren el artículo 92.2 de la Constitución Española y el artículo 6 de la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum. (B.O.E. núm.20, de 23 de enero).

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¿ Por qué ha decidido el Gobierno proponer la celebración del Referéndum 2005?

Si bien en España la ratificación formal del Tratado por el que se establece una Constitución para Europa, se hará, en su momento, siguiendo lo dispuesto en los artículos 93 a 96 de la Constitución Española, el Gobierno ha considerado que la importancia de la futura Constitución Europea hace aconsejable despejar, con carácter previo a dicha ratificación, cualquier duda respecto al respaldo de los ciudadanos a su contenido, mediante el recurso de su participación directa a través de un referéndum consultivo.

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¿ Exige la Unión Europea que se celebre en España el Referéndum sobre el Tratado Constitucional Europeo ?

No.

Si bien en España la ratificación formal del Tratado por el que se establece una Constitución para Europa, se hará, en su momento, siguiendo lo dispuesto en los artículos 93 a 96 de la Constitución Española, el Gobierno considera que la importancia de la futura Constitución Europea hace aconsejable despejar, con carácter previo a dicha ratificación, cualquier duda respecto al respaldo de los ciudadanos a su contenido, mediante el recurso de su participación directa a través de un referéndum consultivo.

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¿ Cuál es el texto de la consulta que el Gobierno hará a los electores en el Referéndum ?

Se prevé que el texto de la consulta que se hará constar en el Real Decreto  /, de  de 200 , por el que se somete a referéndum de la Nación la decisión política del Gobierno en relación con el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa, sea:

  “¿Aprueba usted el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa?"

El texto de la consulta se imprimirá en las papeletas de votación que se utilizarán por los electores para ejercer su derecho de sufragio activo el día de la jornada electoral.

NORMATIVA:

Artículo 3 Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum

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¿ Es éste el primer Referéndum que se celebra en España sobre cuestiones relativas a la Unión Europea ?

Sí.

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¿ Cuántos Referéndums sobre asuntos europeos se han convocado a escala nacional en otros países de Europa ?

Desde 1972, en 23 Estados europeos se han celebrado, en total, 41 referéndums nacionales relacionados con asuntos vinculados con el proyecto de construcción de la Unión Europea. *

*41 Referéndums sobre Europa in Europa (1972-2003)

  Autor: Bruno Kaufmann

  Fuente: http://www.iri-europe.org

País

Día de la votación

Asunto

Proporción votos ”Si” Participación Requisitos y Quorums ¿Quién convoca? ¿Vinculante? Regulación constitucional
1 Francia 23.4.1972 Expansión de la CEE 68.28% 60.27% No Presidente/ No Art. 11 & 89
2 Irlanda 10.5.1972 Acceso a la CE 83.1% 70.88% No Referéndum obligatorio / si Art. 46.2
3 Noruega 26.9.1972 Acceso a la CE 46.5% 79.2% No Parlamento/ No Ninguna
4 Dinamarca 2.10.1972 Acceso a la CE 63.29% 90.4% Requisito no-aprobación
30%
Referéndum obligatorio / si Art. 20
5 Suiza

03/12/72

Tratado de Libre Comercio con la CEE 72.5% 52% Doble mayoría (cantón, población) Referéndum obligatorio / si Ninguna
6 Gran Bretaña 5.6.1975 Pertenencia a la CE 67.23% 64.03% No Gobierno / no Ninguna
7 Groenlandia 23.2.1982 Pertenencia a la CE 45.96% 74.91% No Parlamento/
No
Ninguna
8 Dinamarca 27.2.1986 Mercado Común 56.24% 75.39% Requisito no-aprobación
30%
Parlamento/
Si
Art. 42
9 Irlanda 26.5.1987 Mercado Común 69.92% 44.09% No Referéndum obligatorio / si Art. 46.2
10 Italia 18.6.1989 Proceso de constitución europea 88.06% 85.4% No Iniciativa Ciudadana/
No
Art. 71
11 Dinamarca 2.6.1992 Tratado de Maastricht 47.93% 83.1% Requisito de no-aprobación
30%
Referéndum obligatorio / si Art.20
12 Irlanda 18.6.1992 Tratado de Maastricht 68.7% 57.31% No Referéndum obligatorio / si Art. 46.2
13 Francia 20.9.1992 Tratado de Maastricht 51.05% 69.69% No Presidente/Si Art. 11
14 Suiza 6.12.1992 Acceso a la EEA 49.7%

78,00%

Doble mayoría (cantón, población) Referéndum obligatorio / si (Art. 89.5  y Art.123)
15 Liechten-stein 12.12.1992 Acceso a la EEA 55.81% 87% No Parlamento/
Si
Art.66
16 Dinamarca 18.5.1993 Tratado de Maastricht 56.77% 85.5% Requisito de no-aprobación
30%
Parlamento/
Si
Art. 42.
17 Austria 12.6.1994 Acceso a la UE 66.58% 82.35% No Referéndum obligatorio / si Art.44
18 Finlandia 16.10.1994 Acceso a la UE 56.88% 70.4% No Parlamento/
Si
Art. 22
19 Suecia

13/11/94

Acceso a la UE 52.74% 83.32% No Parlamento/
Si
Cap. 8 § 4
20 Islas Åland 20.11.1994 Acceso a la UE 73.64% 49.1% No Parlamento/
No
Ninguna
21 Noruega 28.11.1994 Acceso a la UE 47.8% 89% No Parlamento/
No
Ninguna
22 Liechten-stein 9.4.1995 EEC 55.88% 82.05% No Referéndum obligatorio / si Art.66 bis
23 Suiza 8.6.1997 Procedimientos de acceso a la UE. Bloqueo 25.9% 35% Doble mayoría (cantón, población) Iniciativa Ciudadana / si Art. 121
24 Irlanda 22.5.1998 Tratado de Ámsterdam 61.74% 56.26% No Referéndum obligatorio / si Art. 46.2
25 Dinamarca 28.5.1998 Tratado de Ámsterdam 55.1% 76.24% Requisito de no-aprobación
30%
Referéndum obligatorio / si Art.20
26 Suiza 21.5.2000 Tratados bilaterales con la UE 67.2% 48% No Referéndum facultativo/
Si
Art. 141
27 Dinamarca 28.9.2000 Acceso al Euro 46.87% 87.2% Requisito de no-aprobación
30%
Referéndum obligatorio / si Art. 20
28 Suiza 4.3.2001 Procedimientos de acceso a la UE. Comienzo 23.2% 55% Doble mayoría (cantón, población) Iniciativa Ciudadana / si Art. 139
29 Irlanda 7.6.2001 Tratado de Niza 46.13% 34.79% No Referéndum obligatorio / si Art. 46.2
30 Irlanda 19.10.2002 Tratado de Niza 62.89% 48.45% No Referéndum obligatorio / si Art. 46.2
31 Malta 8.3.2003 Acceso a la UE 53.6% 91.0% No Parlamento/
No
Ninguna
32 Eslovenia

23/03/03

Acceso a la UE 89.6% 60.3% Participación del 50% Parlamento/
Si
Art. 169
33 Hungría 12.4.2003 Acceso a la UE 83.8% 45.6% Aprobación 25% Parlamento/
Si
Art. 19 + 28
34 Lituania 11.5.2003 Acceso a la UE 91.1% 63.4% Participación50%
Aprobación 33%
Parlamento/
Si
Art. 147
35 Eslovaquia 17.5.2003 Acceso a la UE 92.5% 52.2% Participación50% Parlamento/
Si
Art. 93.2
36 Polonia 8.6.2003 Acceso a la UE 77.5% 58.9% Participación50% Parlamento/
Si
Art. 125
37 República Checa 14.6.2003 Acceso a la UE 77.3% 55.2% No Parlamento/
Si
Ley ad-hoc
38 Estonia 14.9.2003 Acceso a la UE 66,8% 64% No Parlamento/
Si
Art. 105
39 Suecia 14.9.2003 Acceso al Euro 42% 82,6% No Parlamento/
No
Art. 4
40 Letonia 20.9.2003 Acceso a la UE 67% 72,5% 50% de la participación en las últimas elecciones parlamentarias Parlamento/
Si
Art. 79
41 Rumania 19.10.2003 Enmienda constitucional para acceso a la UE 89.6% 55.2% Participación 50% Parlamento/
Si
Art. 3
TOTAL
23 países:

17 EU

3 EFTA

2 regiones autónomas

41 votaciones

1983: 7

84-93: 9

94-03: 25

27 acceso

11 reformas

1 constitución

1 ampliación

1 retirada

Media 63% Si

9    x No

32  x Si

Media 67%

- 83: 70.2

- 93: 73.9

- 03: 63

17 países con requisitos específicos de mayoría Desde arriba:  23

Desde abajo: 18

7 votaciones sin protección constitucional
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¿ Van a convocarse Referéndums sobre el Tratado Constitucional Europeo en otros países miembros de la Unión Europea ?

Sí, diez Estados miembros de la Unión Europea, además de España, previsiblemente van a convocar dichos Referéndums. Los once países en los que se prevé la celebración de referéndum, comprenden aproximadamente el 40% del total de la población de la UE.

Así, además de en España, se preve que se celebrarán Referéndums en los siguientes países:

  1. Bélgica.
  2. Chequia.
  3. Dinamarca.
  4. Francia.
  5. Irlanda.
  6. Luxemburgo.
  7. Portugal. Fecha de celebración del Referéndum: 2005.
  8. Reino Unido. Fecha de celebración del Referéndum: 2006.
  9. Holanda.
  10. Polonia. Fecha de celebración del Referéndum: Otoño 2005.

Nota: Coincidiendo con las Elecciones Presidenciales que tendrán lugar en Polonia en otoño de 2005.

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¿ Es España el Estado de la UE que, previsiblemente, va a celebrar el Referéndum sobre el Tratado Constitucional Europeo en primer lugar?

Así es.

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¿ Es obligatorio votar en el Referéndum ?

No. En un Referéndum los electores son libres a la hora de decidir ejercer su derecho de sufragio activo o de abstenerse de participar en la votación, del mismo modo que ocurre en las Elecciones a Cortes Generales, las Elecciones Locales,  las Elecciones al Parlamento Europeo, y las Elecciones a las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas.

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¿ Se puede votar en blanco en un Referéndum?

Por supuesto. De hecho, en el Referéndum consultivo 2005, al igual que ocurrió en el Referéndum sobre la OTAN celebrado en 1986, los electores podrán elegir entre tres papeletas distintas a la hora de votar: una de ellas corresponde a la opción del “Sí”, otra al “No” y una tercera papeleta corresponde a la opción del voto en blanco. En esta papeleta constará la expresión: “ En blanco.”

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¿ Van a hacer campaña electoral los Partidos Políticos ?

Todas las formaciones políticas que lo deseen podrán hacer campaña electoral.

Esto no obstante, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1 a) de la Ley Orgánica sobre Regulación de las distintas Modalidades de Referéndum, únicamente tendrán derecho a la obtención de espacios gratuitos de propaganda electoral en los medios de difusión de titularidad pública los grupos políticos con representación parlamentaria en el Congreso de los Diputados, en proporción al número de Diputados que  hubieran obtenido en las últimas Elecciones Generales.

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¿ Qué tipos de campañas institucionales puede hacer el Gobierno?

En el Referéndum 2005 se desarrollarán dos campañas institucionales:

Una de ellas trae causa del artículo 50 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, que dispone que durante el período electoral se puede realizar una campaña de carácter institucional destinada a informar a los ciudadanos sobre la fecha de la votación, el procedimiento para votar y los requisitos y trámite del voto por correo, sin influir, en ningún caso, en la orientación del voto de los electores.

Esta campaña institucional la llevará a cabo el Ministerio del Interior.

El Gobierno, a través del Ministerio de la Presidencia, ha previsto realizar una campaña informativa dirigida a los ciudadanos con el fin de divulgar el contenido y la relevancia del Proyecto de Tratado por el que se establece una Constitución para Europa. Esta campaña tampoco podrá influir en la orientación del voto de los electores.

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¿Exige la normativa electoral española que haya un porcentaje mínimo de participación para que el Referéndum tenga validez?

No.

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¿ Será vinculante el resultado del Referéndum ?

Nos hallamos ante un Referéndum de carácter consultivo y, por tanto, no vinculante.

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