Elecciones a Cortes Generales 2011

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SISTEMA ELECTORAL

¿Cómo se hace la atribución de escaños al Congreso entre los partidos?

La atribución de escaños en función de los resultados del escrutinio se realiza conforme a las siguientes reglas:

  1. Se excluye a las candidaturas que no hayan obtenido, al menos, el 3% de los votos válidos emitidos en cada circunscripción (votos válidos son los votos a candidatura más los votos en blanco).
  2. Se ordenan de mayor a menor, en una columna, las cifras de votos obtenidos por las restantes candidaturas.
  3. Se divide el número de votos obtenidos por cada candidatura por 1, 2, 3, etc., hasta un número igual al de escaños correspondientes a la circunscripción. 
  4. Los escaños se atribuyen a las candidaturas que obtengan los cocientes mayores, atendiendo a un orden decreciente:

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¿Cómo se hace la elección de Senadores?

La elección de los 208 Senadores que se eligen mediante sufragio universal, libre igual, directo y secreto se realiza de la siguiente forma:

Los electores pueden dar su voto a un máximo de:

  • 3 candidatos en las circunscripciones peninsulares.
  • 2 en Las Palmas de Gran Canaria, Mallorca, Tenerife, Ceuta y Melilla.
  • 1 en las restantes circunscripciones insulares.

Posteriormente, son proclamados electos aquellos candidatos que obtengan mayor número de votos hasta completar el de Senadores asignados a la circunscripción.

¿Cómo es la papeleta del Congreso de los Diputados?

La papeleta del Congreso es de color blanco, impresa por una sola cara y en ella debe aparecer: denominación, sigla y símbolo del partido, federación, coalición o agrupación de electores y los nombres y apellidos de los candidatos y suplentes.

¿Cómo es la papeleta del Senado?

La papeleta es de color sepia, única para cada circunscripción y común para todos los candidatos.

Las candidaturas se ordenan según los resultados obtenidos en los anteriores elecciones y los candidatos se ordenan, dentro de cada candidatura, por orden alfabético. El elector puede poner la cruz en el recuadro que aparece junto al candidato que prefiera, independientemente del lugar que ocupe dentro de la candidatura.

Los electores pueden dar su voto:

  • A un máximo de 3 candidatos en las circunscripciones provinciales.
  • A un máximo de 2 en Gran Canaria, Mallorca, Tenerife, Ceuta y Melilla.
  • A un máximo de 1 candidato en las restantes circunscripciones insulares.

Los candidatos elegidos por el elector no tienen que pertenecer al mismo partido.

La papeleta, según el número de candidatos presentados en cada circunscripción, puede tener 2 tamaños y los candidatos podrán ir relacionados en ambas caras de la papeleta (anverso y reverso)

¿Cuándo un voto se considera válido?

Los votos pueden ser válidos o nulos.

Se considera voto válido:

  • el voto a candidatura y
  • el voto en blanco

depositados en la urna con las exigencias legales.

¿Qué es un voto en blanco?

El voto en blanco es:

  • En las Elecciones al Congreso: el sobre que no contiene papeleta y el voto emitido a favor de alguna candidatura legalmente retirada.
  • En las Elecciones al Senado: el sobre que no contiene papeleta y las papeletas que no tengan marcado ningún candidato o candidata.

¿Cuándo un voto es nulo?

Es nulo el voto emitido en sobre diferente del modelo oficial o alterado; o papeleta diferente del modelo oficial, alterada, rota o rasgada; así como el emitido en papeleta sin sobre; y aquel en el que no pueda dilucidarse la voluntad del elector (por ejemplo, sobre que contenga más de una papeleta de distinta candidatura).

En el supuesto de que el sobre de votación contenga más de una papeleta de la misma candidatura, se computará como un solo voto válido.

En el caso de elecciones al Congreso de los Diputados, serán también nulos: los votos emitidos en papeletas en las que se hubiera modificado, añadido, señalado o tachado nombres de los candidatos o alterado su orden de colocación, así como aquellas en las que se hubiera producido cualquier otro tipo de alteración (como por ejemplo, en el símbolo de la candidatura).

En el caso de elecciones al Senado serán también nulos los votos emitidos en papeletas en las que se hubieran señalado más de tres nombres en las circunscripciones provinciales; más de dos en las circunscripciones insulares de Gran Canaria, Mallorca y Tenerife y en las poblaciones de Ceuta y Melilla; y más de uno en el resto de las circunscripciones insulares.

© Ministerio del Interior. Subsecretaría. Dirección General de Política Interior 2011.