Elecciones Locales 2011

Innovación tecnológica

MAE

La “Mesa Administrada Electrónicamente” consiste en la puesta a disposición, durante la jornada de votación, de herramientas informáticas que faciliten el desempeño de las funciones que corresponden a la Mesas Electorales.

Las cifras habituales de material electoral sobrante son elevadas. Con la utilización de impresos electrónicos se consigue una mayor racionalidad en la gestión electoral y se contribuye a dotar de mayor eficiencia y eficacia el gasto, además de contribuir al respeto al medio ambiente.

Otra información

  • Una comunicación fluida y rápida

    Acceso de las Juntas Electorales al Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior.

    Con ocasión de las próximas elecciones de mayo de 2011, por primera vez, y en el marco de la innovación tecnológica y la aplicación de las tecnologías de la información a los procesos electorales, el Ministerio del Interior sustituirá la remisión de certificaciones de los partidos inscritos a las Juntas Electorales por el acceso directo de éstas a las bases de datos del Registro de Partidos. Ésto supondrá eliminar la remisión a más de 300 Juntas Electorales de las certificaciones de casi 4.000 partidos políticos.

    Aprobación de las papeletas.

    De conformidad con el artículo 70.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, las Juntas Electorales son las encargadas de aprobar el modelo oficial de papeleta. Pues bien, un avance significativo alcanzado con la reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) es la utilización del formato electrónico para la remisión a las Juntas Electorales de las papeletas de los diferentes formaciones políticas (apartado 4 del artículo 70. de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General), lo que permitirá una comunicación fluida y rápida del gestor electoral con las Juntas y de éstas con las formaciones políticas.

    Señala el artículo 70.4 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General lo siguiente: “Dentro del plazo de los dos días siguientes al de la proclamación de las candidaturas, se remitirán a las Juntas electorales correspondientes, preferentemente en formato electrónico, las suficientes papeletas de las distintas formaciones políticas que concurren a las elecciones para su entrega, preferentemente también en formato electrónico, a las mismas, los efectos de su reproducción para los envíos de publicidad y de propaganda electoral”.

  • El calendario diario de actuaciones

    Siga aquí un calendario diario de actuaciones cuyo plazo de tramitación está abierto.

© Ministerio del Interior. Subsecretaría. Dirección General de Política Interior 2011.