Elecciones Municipales
Elecciones Municipales 2015
Gobierno de España

Los datos ofrecidos por el Ministerio del Interior constituyen información provisional sobre los resultados de la elección, en virtud de lo previsto en el artículo 98.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

Corresponde a las Juntas Electorales realizar el escrutinio general y la proclamación de electos (artículos 103 y 108 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General).

Finalmente, corresponde a la Junta Electoral Central la publicación de los resultados de las elecciones en el Boletín Oficial del Estado (artículo 108.6 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General)

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Subsecretaría Dirección General de Política Interior - 2015