Voto de las personas que residen permanentemente en el extranjero

Voto de las personas que residen permanentemente en el extranjero

El 28 de abril se celebran las elecciones. 

Aunque vivas en el extranjero, puedes votar en las Elecciones  Generales.

Si figuras en el Censo Electoral de Residentes Ausentes recibirás en tu casa el  impreso de solicitud.

Remítelo a la Oficina del Censo Electoral y te enviarán la documentación para  votar.

Puedes depositar tu voto en  la oficina o sección consular hasta el  26 de abril, o enviarlo por correo certificado hasta el 23 de abril.

No olvides incluir copia de tu DNI, Pasaporte o certificado expedido por el Consulado.

Ministerio del Interior.
Gobierno de España.