Locales y Mesas electorales accesibles

Los locales y las Mesas electorales deberán ser accesibles.

Las personas que integran las Mesas electorales velarán por que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho de voto con la mayor autonomía posible adoptando para ello los ajustes razonables que resulten necesarios.

En los procesos electorales cuya gestión sea competencia de la Administración General del Estado y se constate la ausencia de transporte público accesible al local electoral, la Administración General del Estado proporcionará medios de transporte gratuitos adecuados para las personas con discapacidad motriz que lo soliciten, siempre y cuando existan disponibilidades presupuestarias. A estos efectos, se puede contactar con la Junta Electoral de Zona competente o, directamente, con la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente.

Cualquier queja o solicitud sobre accesibilidad, durante el período electoral, se puede enviar a la Junta Electoral de Zona competente.

Web Junta Electoral Central(se abrirá nueva ventana)